Juzgan por quebrantar el alejamiento al presunto incendiario del Saler

«Desde que se me notificó el alejamiento, solo iba por caminos habilitados para ir a mi domicilio», alega ante la jueza

La Fiscalía solicita 2.700 euros de multa al identificarlo un testigo

El abogado investigado como presunto autor de la oleada de incendios ocurridos en la Devesa del Saler desde el pasado verano se sentó ayer en el banquillo acusado de un presunto delito de quebrantamiento de medida cautelar –de la orden de alejamiento que le prohibía aproximarse a zonas boscosas de este paraje natural de Valencia–, por el que se enfrenta al pago de una multa de 2.700 euros. La única prueba contra él, la declaración de un testigo que aseguró haberlo visto en un camino de tierra paralelo al mar, con vegetación a los lados, entre diez y quince días antes de producirse los incendios del 10 y 11 de febrero (sin concretar día ni hora).

Juan C. E. negó haber quebrantado dicha medida ni ese día que supuestamente dice haberlo visto el testigo ni ningún otro desde que el Juzgado de Instrucción número siete de València, que lleva la causa por los incendios forestales, dictó un auto el 29 de diciembre de 2023 (tras su puesta en libertad) que le prohibía aproximarse o internarse en la zona boscosa del Monte de la Devesa del Saler.

Dicha primera medida, al tener en consideración que el domicilio del propio investigado se encuentra dentro de la zona del Saler próxima a los incendios, estableció una serie de excepciones. Así, le prohibía acercarse a la zona de arbolado y con vegetación baja, «con excepción de todas las zonas asfaltadas, así como la playa y todos los caminos habilitados por el Ayuntamiento para senderismo, así como las zonas ajardinadas de las fincas donde tiene el domicilio el investigado».

Dicha medida se amplió el 4 de marzo, cuando tras ser detenido por segunda vez por su presunta implicación en los últimos incendios de febrero, el juez instructor decidió dejarlo en libertad pero con la prohibición de entrada en toda la Devesa del Saler, obligándole así a abandonar su domicilio, como adelantó en exclusiva Levante-EMV.

«Desde que se me notificó el alejamiento, solo iba por caminos habilitados para ir a mi domicilio», remarcó en su declaración ante un juzgado de lo Penal de València el presunto incendiario. Ante la pregunta del fiscal de cómo se explica que un testigo lo viera entre el 26 y 28 de enero en un camino de tierra con vegetación, el investigado puntualizó que conoce la zona perfectamente porque lleva 30 años viviendo allí y que el testigo «debe de estar equivocado».

«Pues si no era él, era su hermano gemelo», apuntó dicho testigo, un vecino que reside a unos 800 metros del domicilio del investigado y que apenas aportó información de cómo se produjo dicho encuentro, salvo que estaba paseando al perro y que lo vio andar «de una forma como hecho polvo». Eso sí, el propio testigo indicó que Juan C. iba dirección hacia su casa y que es un sendero por donde pasan bicicletas y suele ir la gente a pasear.

El investigado niega que pasara por allí, y en todo caso, se trata de un camino que va hacia el que era su domicilio

Los agentes del Seprona de la Guardia Civil explicaron que tuvieron conocimiento del supuesto quebrantamiento después de los incendios de febrero. El testigo les dijo que lo había visto unos quince días antes y les indicó el punto exacto.

La escasa prueba

La defensa del presunto incendiario, ejercida por el letrado Jorge Abadía, solicitó la libre absolución de su patrocinado al basarse en una mera declaración de un testigo, que no se sabe muy bien cómo aparece de la nada y dice haberlo visto y reconocido unos quince días antes. En ese momento, en vez de llamar a la Guardia Civil, dice que telefoneó a su pareja para comentárselo.

«La Guardia Civil no hizo ni una sola investigación para corroborar lo que decía el testigo», argumentó el letrado. Su cliente niega haber pasado por allí, y en todo caso dicho camino asfaltado, según se aprecia en el Google Maps, se encuentra incluido en las excepciones a las que hacía referencia la propia medida cautelar de alejamiento.